viernes, 8 de junio de 2007

Exposición Nº 7


ASPECTOS LEGALES REFERENTES AL SALARIO

Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. El salario se fija contractualmente y se establece por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra forma convenida. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

De acuerdo a lo establecido en los artículos de la Ley Orgánica del Trabajo el salario se estipulará libremente, pero en ningún caso podrá ser menor que el fijado como mínimo por la autoridad competente y conforme a lo prescrito por la Ley. Para fijar el importe del salario en cada clase de trabajo, se tendrá en cuenta la cantidad y calidad del servicio, así como la necesidad de permitir al trabajador y a su familia una existencia humana y digna. El trabajador dispondrá libremente de su salario.

CLASES DE SALARIO

El salario se podrá estipular por unidad de tiempo (para el trabajo que se realiza en un determinado lapso), por unidad de obra , por pieza o a destajo (la base del cálculo no podrá ser inferior a la que correspondería para remunerar por unidad de tiempo la misma labor) y por tarea (cuando se toma en cuenta la duración del trabajo, pero con la obligación de dar un rendimiento determinado dentro de la jornada).


Cuando el trabajador preste servicios en un dia feriado tendra derecho al salario correspondiente a ese dia y ademas al que le corresponda por el trabajo realizado, calculado con un recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre el salario ordinario.
Las horas extraordinarias seran pagadas con un cincuenta por ciento (50%) del recargo, por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.
La jornada nocturna sera pagada con un treinta por ciento (30%) de recargo, por los menos, sobre el salario convenido para la jornada diurna.


Bibliografía:






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